Evaluación del plan de estudios de La Carrera Profesional de Antropología de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos en el marco la Ley Universitaria 30220

Evaluation of study plan of Anthropology Professional Career of San Marcos Major National University in the framework of University Law 30220

DOI: https://doi.org/10.36955/RIULCB.2021v8n1.005
Esta obra está bajo licencia internacional Creative Commons Reconocimiento 4.0
Recibido: 30/01/2021 Revisado: 18/04/2021 Aceptado: 08/05/2021 Publicado: 31/ 06 / 2021

RESUMEN
La presente investigación educativa, se realizó en el primer trimestre del año 2021. Tuvo como objetivo, evaluar la última versión del plan de estudios del 2018 de La Carrera Profesional de Antropología de La Universidad Nacional Mayor de San Marcos, para así recomendar una propuesta de cambio, pertinente a la nueva Ley 30220. Ley educativa que coacciona a las universidades a modificar sus currículos y en este mismo sentido sus planes de estudio cada tres año o antes, según los últimos avances científicos y tecnológicos que se van presentando. La investigación, tuvo como criterios para evaluar dicho plan, los artículos que atañen al diseño curricular en el marco de la Ley 30220. El plan de estudios se evaluó a través del análisis documental. Los resultados del análisis fueron favorables, a razón de que el plan de estudios cumple con la mayoría de los criterios que exige la ley.
Palabras clave: Plan de estudios, currículo, Ley Universitaria 30220.

ABSTRACT
The present educative research, was done in the first trimester of 2021. Had like objective evaluate the last version of study plan of Anthropology Professional Career at National Major San Marcos University for recommend a propose a change pertinent to new law 30220. Educative law to push the universities to modify yours curriculums and study plans every three years or in relation about the last scientific and technological advances. To evaluate the study plan, the research had like criteria, the articles in relation to curriculum design in the framework of the university law 30220 of 2014. The study plan was evaluate through the documental analyze. The results were favorable, because the plan connect with the most of criteria law.
Keywords: Study plan, curriculum, University Law 30220.

Introducción
Hacer investigación educativa en estos días es de crucial valor. Las investigaciones de esta naturaleza, por lo general buscan la mejora de la calidad educativa. Por lo tanto, están contribuyendo de alguna manera al cumplimiento de uno de los objetivos estratégicos a nivel país del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN), que es impulsar la educación del país. Y también, con uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), que apunta a la búsqueda de una educación de calidad (Pino Apablaza, 2020).
Dentro de toda la gama de posibilidades de objetos que existen para realizar investigación educativa, está el currículo universitario, donde uno de sus principales componentes es el plan de estudio. En este documento institucional, se refleja la totalidad de asignaturas obligatorias y electivas que el estudiante deberá cursar durante su vida académica para poder graduarse de bachiller y posteriormente sacar título profesional.
La Ley universitaria 30220 (2014), refiere que el estudiante deberá llevar como mínimo 35 créditos de estudios generales y 165 créditos de formación profesional específica o especializada, sumando un total de 200 créditos. Esto no significa que la carrera deba contener estrictamente 200 créditos, podrían considerarse más créditos, en función a las necesidades de cada carrera profesional. Mientras más créditos contenga el plan de estudios, será mejor. Esto significará más horas teóricas y prácticas dedicadas a la formación del estudiante.

La tecnología educativa
Según Peñaloza (2015) el currículo y sus componentes son: el perfil del egresado, el plan de estudios, la malla y las sumillas, deberán ser debidamente diseñados y organizados. Además, refiere a que todos estos antes mencionados son parte de la tecnología educativa.

Tabla.1: La tecnología educativa y sus componentes
Componentes de la tecnología educativa
Organización del currículo
Organización de los componentes del currículo.
Creación o selección de los materiales auxiliares
Sistema de enseñanza aprendizaje
Evaluación
Fuente: Peñaloza, 2015.

Los avances científicos y tecnológicos en el mundo son cada vez más rápidos. Así lo afirma el ex Director del Massachusetts Institute Technology (MIT), Nicholas Negroponte. Existe en estas últimas décadas una aceleración del vibrar neuronal de la humanidad. Se piensa esto, porque en los últimos cien años se ha producido mucho más ciencia y tecnología que en toda la historia de la humanidad (Negroponte, 1995). Entonces el currículo y sus componentes deberían ser revisados para observar si están actualizados siguiendo las últimas innovaciones tecnológicas. En este mismo sentido dinámico y cambiante Díaz y Fanta, (2011) lo explican de la siguiente manera:
En los últimos años, América Latina ha experimentado en todos los ámbitos, incluido el educativo, cambios sustanciales y profundos. La educación superior ha estado allí presente muchas veces más como receptora que impulsadora de ellos. De allí han surgido retos, transformaciones, innovaciones, actualizaciones y redimensionamientos curriculares (p.107).
Por lo tanto, las universidades y sus escuelas no son ajenas, y conscientes de esta situación se ven obligadas a realizar modificaciones sobre sus currículos, para de esta manera, estar a la par con los últimos avances científicos y tecnológicos que les atañen a la carrera, y a su vez brindar una educación de calidad. Pero, cabe recalcar que una educación de calidad debe ser orientada por un currículo integral que tendrá como producto profesionales integrales (Pino Apablaza, 2020).
En este mismo sentido Castro, Arias y Álvarez, (2010) afirman lo siguiente:
El currículo se asume como una construcción permanente, como agente dinamizador de los diferentes procesos educativos y como centro de convergencia de intencionalidades y proyectos pedagógicos donde concurren diferentes disciplinas para atender conjuntamente la solución de problemáticas sociales, científicas, culturales y ambientales previamente identificadas (p. 26).
Hay que mencionar, que las universidades realizan esfuerzos para que estos cambios o rediseños curriculares se den con eficacia, Lo logran, haciendo capacitaciones permanentemente. Como es el caso de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Claro ejemplo de esto son las jornadas de capacitación que se realizan para lograr este cometido. Según Acevedo (2014). Comentó en una jornada de capacitación docente referida a la innovación curricular, lo siguiente:
El objetivo de la jornada era actualizar a los directores de las escuelas, coordinadores académicos y docentes en materia de innovación curricular, así como propiciar la evaluación integral de los currículos. Y además, sostuvo la importancia del diseño curricular, el cual sostiene, es fundamental para la calidad de la formación profesional de los estudiantes sanmarquinos; en ese sentido destacó la relación inalienable que debe existir entre la formación profesional y el diseño curricular. En otro momento, destacó que estas reuniones con los docentes sirven para evaluar el estado en que se encuentran los diseños curriculares de las escuelas. Asimismo, sostuvo que esta labor se caracteriza por su paciente evaluación curricular que se trabajará de la mano permanentemente (s/n).
En este mismo sentido Stabback (2016) afirma:
Los currículos deben responder constantemente al cambio. Los buenos currículos deben mantenerse al día en un mundo en el que los conocimientos están creciendo rápidamente, las tecnologías de la comunicación están ampliando el acceso a la información y, como resultado, las capacidades que necesitan los estudiantes están en constante evolución o se están inventando (p. 20).
Siguiendo a Lynch (2005) “La explosión del conocimiento, de los paradigmas en que discurre, y con ello de la noción misma de la verdad, presiona igualmente en dirección de un radical replanteamiento del sentido de los procesos y estructuras académicas universitarias’’ (p.5).
Entonces el currículo debe diseñarse pensando en las necesidades sociales existentes en el presente, pero también, vislumbrando en las necesidades que emergerán en el futuro. En este mismo sentido Delgado, (2010), afirma que:
Una educación de calidad es aquella cuyas características hacen posible satisfacer las necesidades sociales de formación, o necesidades básicas de aprendizaje que se plantea en la sociedad a la que sirve. Por tanto, una educación puede ser de calidad en determinado tiempo y lugar, pero no implica que lo sea en cualquier época y territorio (p.34).
Entonces es una necesidad rediseñar los currículos y sus componentes, claro está, haciendo previamente una evaluación que permita a los directores y demás autoridades a que tomen decisiones pertinentes sobre ellos.
Un currículo desfasado será un factor de insatisfacción en los estudiantes. Este desfase entre lo que se debe enseñar en el presente y lo que se enseña en realidad, generará una percepción de baja calidad sobre el proceso educativo. Naturalmente, siendo la educación algo tan importante, no se puede permitir que existan obsolescencias, o que dentro del currículo no se consideren las asignaturas dedicadas a las últimas tecnologías. Entonces, lo correcto es generar esfuerzos por buscar la satisfacción de los estudiantes, y una manera de hacerlo es rediseñando el currículo y sus componentes, según vayan avanzando las ciencias y la tecnología. Por supuesto, habrá otros factores como por ejemplo, la infraestructura, los procesos de enseñanza y aprendizaje, entre otros. En este mismo sentido Yamada et al. (2012), afirman que “la medición de la calidad es también una tarea complicada. Aunado a esta complicación conceptual, también existen problemas con la disponibilidad de información referida a los insumos, procesos y resultados relacionados con la educación superior” (p. 26). Paradójicamente la investigación contó con el apoyo de la dirección de La Escuela Profesional de Antropología, este apoyo facilitó significativamente la recolección de insumos y datos.

El carácter teleológico del currículo
El sentido teleológico del currículo, va en el sentido de cómo debería ser el currículo y no de como es. Según Mejía (2018), sobre el carácter teleológico del currículo afirma que:
El hombre es un ser muy disconforme con el ser y la realidad y por ese motivo, luego de conocerla, y de inmediato pretende transformarla en los términos que él considera valiosos. Sus pretensiones de transformar la realidad lo conducen al segundo nivel de la acción humana: al plano teleológico, que ya no consiste en la predicación acerca de la verdad o falsedad del conocimiento de la realidad, sino en la formulación de objetivos, propuestas valorativos o propósitos, que ya no postulan el ser de la realidad sino, el debe ser de la realidad. (p.19).
Cuando se habla del carácter teleológico del currículo, se refiere que este tiene un objetivo o fin, es decir persigue un propósito y en el caso del currículo; el objetivo, fin o propósito es una educación ideal. Entonces el planteamiento teleológico En este mismo sentido Peñaloza, (2015), afirma lo siguiente:
Tenemos que reconocer, por tanto, que hay dos planos nítidamente distintos: el del currículo mismo, experiencias y procesos previstos para los alumnos y el fin perseguido: la noción de la educación que tengamos. La relación entre ambos planos es clara. No hacemos el currículo para examinar después hacia qué tipo de educación nos conducirá sino que, forjada una idea de lo que es ser educado, construimos el currículo. Se trata de una relación teleológica dirigida hacia un fin, en la que el currículo es elaborado en relación a la definición de educación que tenemos y con el propósito de esa idea se torne realidad en los educandos. Tenemos que reconocer, por tanto que hay dos planos nítidamente distintos: el del currículo mismo y el del fin perseguido (p.19).
Siguiendo a Mejía, (2015):
El currículo tiene un comienzo y un final, todo proceso educativo se inicia orientado por una reflexión filosófica acerca de la educación. En este punto se formulan o se proponen los fines y objetivos de la educación y es lo que se denomina la dimensión teleológica del proceso educativo. Pues bien reflexionar acerca de la educación no es lo curricular, sino hacer filosofía o epistemología de la educación. Queda claro entonces que esta dimensión teleológica de la acción educativa no es un asunto curricular, sino la fuente de la que se debe partir para elaborar un currículo (p.13).

Dispositivos legales que atañen al diseño curricular
En el contexto educativo peruano la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), con fin de garantizar una educación superior de calidad controla que se cumpla con la Ley Universitaria 30220 (2014). En esta ley, se pueden observar varios artículos que atañen directamente al currículo y a su rediseño.
Artículo 3°. Definición de la universidad.
La universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial. Está integrada por docentes, estudiantes y graduados. Participan en ella los representantes de los promotores, de acuerdo a ley (p.6).
Los encargados de orientar los currículos de las carreras son los directores de las escuelas profesionales y no profesionales. Que según la Ley 30220, deberán tener grado de doctor en la especialidad. Y tendrán que orientar el plan de estudios en el mismo sentido que dicta la ley. Los planes de estudio deberán contener la formación humanista, esto se logrará enseñando: La filosofía, El arte, La política, La lingüística, La historia, etc. Otro escenario es el de los departamentos de investigación, que recibirán investigaciones que serán revisadas por pares ciegos y con el más alto rigor académico. Estas investigaciones pueden provenir de sus docentes investigadores, alumnos e investigadores invitados. Entonces, podemos afirmar que la investigación es inherente a la formación superior y como es natural deberá reflejarse en el plan de estudios. Todo lo antes mencionado, se ratifica en el artículo 5° Principios de la universidad, de la Ley 30220 (2014), donde claramente expresa que uno de los principios de la universidad es: “la pertinencia de la enseñanza e investigación con la realidad social” (p.6). Además, como corolario, está el Artículo 48° La investigación, que refiere sobre dicha actividad lo siguiente:
Artículo 48° La investigación
Constituye una función esencial y obligatoria de la universidad, que la fomenta y realiza, respondiendo a través de la producción de conocimiento y desarrollo de tecnologías a las necesidades de la sociedad, con especial énfasis en la realidad nacional. Los docentes, estudiantes y graduados participan en la actividad investigadora en su propia institución o en redes de investigación nacional o internacional, creadas por las instituciones universitarias públicas o privadas (p.25).
Es evidente que la investigación es esencial en la universidad. El estudiante que opta por estudiar una carrera profesional, tendrá que aprobar varias asignaturas de investigación para poder graduarse. Es más deberá sustentar y aprobar un trabajo de investigación para obtener el grado de bachiller y el título profesional.
Otro punto importante de la Ley 30220, es el del rediseño curricular. La nueva Ley Universitaria, coacciona a las escuelas a que realicen cambios en sus currículos de manera perentoria. Situación totalmente justificada, debido a los rápidos cambios que ocurren en el mundo, respecto a ciencia y tecnología.
Artículo 40°. Diseño curricular.
Cada universidad determina el diseño curricular de cada especialidad en los niveles de enseñanza respectivos, de acuerdo a las necesidades nacionales y regionales que contribuyan al desarrollo del país. Todas las carreras en la etapa de pregrado se pueden diseñar, según módulos de competencia profesional, de manera tal que a la conclusión de los estudios de dichos módulos permita obtener un certificado, para facilitar la incorporación al mercado laboral. Para la obtención de dicho certificado, el estudiante debe elaborar y sustentar un proyecto que demuestre la competencia alcanzada. Cada universidad determina en la estructura curricular el nivel de estudios de pregrado, la pertinencia y duración de las prácticas pre-profesionales, de acuerdo a sus especialidades. El currículo se debe actualizar cada tres (3) años o cuando sea conveniente, según los avances científicos y tecnológicos. La enseñanza de un idioma extranjero, de preferencia inglés, o la enseñanza de una lengua nativa de preferencia quechua o aimara, es obligatoria en los estudios de pregrado. Los estudios de pregrado comprenden los estudios generales y los estudios específicos y de especialidad. Tienen una duración mínima de cinco años. Se realizan un máximo de dos semestres académicos por año (p.22).
Artículo 41°. Estudios generales de pregrado
Los estudios generales son obligatorios. Tienen una duración no menor de 35 créditos. Deben estar dirigidos a la formación integral de los estudiantes (p.22).
Artículo 42°. Estudios específicos y de especialidad de pregrado
Son los estudios que proporcionan los conocimientos propios de la profesión y especialidad correspondiente. El periodo de estudios debe tener una duración no menor de 165 créditos (p.22).
En vista de los artículos 41° y 42° de la Ley 30220, se puede inferir que las carreras profesionales deben contemplar como mínimo 200 créditos en sus planes de estudios, para estar alienados a la ley. Los planes de estudio podrán exceder esta cantidad mínima en función a sus necesidades. Mientras más créditos, más horas de estudios y perfeccionamiento profesional, lo que siempre es conveniente.
 
Resultados y discusión
Tras el análisis del plan de estudios de La Carrera Profesional de Antropología de La Universidad Nacional Mayor de San Marcos, se observó que la carrera cuenta con 302 créditos, que se dividen en 197 créditos de cursos obligatorios y 105 créditos de cursos electivos. (Ver Tabla 2).

Tabla 2 Resumen del plan de estudios de La Carrera Profesional de Antropología de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos por crédito
Ciclos Créditos de cursos obligatorios Créditos de cursos electivos Total de créditos por ciclo
Ciclo I 24 24 48
Ciclo II 20 0 20
Ciclo III 21 0 21
Ciclo IV 21 0 21
Ciclo V 20 9 29
Ciclo VI 20 9 29
Ciclo VII 20 18 38
Ciclo VIII 20 27 47
Ciclo IX 20 18 38
Ciclo X 11 0 11
Totales 197 105 302
Fuente. Elaboración propia, 2021.

El número de créditos destinado al área de Estudios Generales es de 42 créditos (Ver tabla 3). Excediendo favorablemente el número mínimo de 35 créditos exigidos en la Ley 30220. Respecto al área de Estudios específicos y de especialidad, también se excede con demasía el mínimo exigido que es de 165 créditos. Llegando a los 260 créditos entre cursos obligatorios y electivos.

Tabla 3. Número de créditos de Estudios generales, estudios específicos y de especialidad
  La Ley 30220 exige: Créditos de la carrera profesional al 2018
Estudios generales 35 42
Estudios específicos y de especialidad 165 260
Totales 200 302
Fuente. Elaboración propia, 2021.

            Algunas universidades deciden no superar los 200 créditos. Si bien cada crédito adicional, representa más horas de enseñanza, también representan más horas que deberán ser pagadas al docente. Por lo tanto algunas universidades optan por superar lo menos posible el mínimo exigido por la ley.

Tabla 4 Asignaturas y créditos del área de Estudios generales
Ciclos Asignaturas del área de Estudios Generales Créditos
Ciclo I Inglés 2
Quechua 2
Lenguaje y comunicación 4
Introducción a la ciencia 4
Proceso histórico cultural del Perú 4
Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales y Humanas. 4
Ciclo II Introducción a la investigación científica 4
Arte y Literatura del Perú y América Latina. 4
Realidad nacional y globalización 4
Introducción a la filosofía 4
Ciclo III Introducción a las Ciencias sociales 3
Ciclo IV Historia universal y contemporáneo 3
Total          42
Fuente. Elaboración propia, 2021.

            El área de Estudios generales está repartida en el primer, segundo, tercer y cuarto ciclo. Sumando un total de 42 créditos, superando ampliamente los 35 créditos exigidos por la ley.

Tabla 5. Asignaturas correspondientes al área de la especialidad  
Ciclos Asignaturas del área de especialidad Créditos
Ciclo III Antropología General 4
Teoría y Pensamiento Antropológico I 4
Antropología Peruana 4
Ciclo IV Fundamentos y Estilos de Escritura Etnográfica 4
Teoría y Pensamiento Antropológico II 4
Antropología Latinoamericana 4
Ciclo V Lengua y Cultura 4
Epistemología y Antropología 4
Antropología Amazónica 4
Antropología Urbana 4
Antropología Andina 4
Antropología Física 3
Sociedades Campesinas y Ruralidad 3
Cultura Popular y Folklore 3
Ciclo VI Parentesco Organizacional 4
Técnicas y Métodos de Investigación Antropológica 4
Desarrollo y Diversidad Cultural 4
Antropología de la Economía 4
Simbolismo y Ritual 4
Antropología, Deontología y Ética 3
Etnohistoria Andina 3
Antropología Forense 3
Ciclo VII Taller de Tesis I   4
Técnicas y Métodos de Investigación Antropóloga II 4
Políticas Públicas e Interculturalidad 4
Género Sexualidad y Poder 4
Sistemas y Movimientos Religiosos. 4
Etnomusicología 3
Antropología Jurídica 3
Antropología de las Edades 3
Taller de Lenguas Originarias 3
Arqueología Andina 3
Grupos Étnicos en el Perú 3
Ciclo VIII Taller de Tesis II 4
Antropología e Historia 4
Diseño, Gestión y Evaluación de Políticas Públicas 4
Antropología del Poder y del Estado 4
Antropología Ecología 4
Antropología del Turismo 3
Movimientos indígenas en América Latina 3
Antropología del Arte 3
Antropología de la Educación 3
Movimientos Socio Ambientales en América Latina 3
Antropología Marítima 3
Antropología de la Alimentación 3
Antropología del Cuerpo y las Emociones 3
Antropología de la Salud   3
Ciclo IX Taller de Tesis III 4
Etnografía Comparada del Capitalismo Contemporáneo 4
Diseño y Evaluación de Proyectos de Desarrollo 4
Globalización, Etnicidad y Nación 4
Ecología Política 4
Antropología, Sociedad Rural e Industrias Extractivas 3
Gobiernos Regionales y Locales 3
Migración y Culturas Transnacionales 3
Temas de Antropología 3
Patrimonio Cultural Material e Inmaterial 3
Marxismo y Cultura 3
Ciclo X Taller de Tesis IV 4
Taller de Sistematización del Trabajo de Campo 4
Prácticas Pre Profesionales 3
Total de créditos    216
Fuente. Elaboración propia, 2021.

Los resultados de la evaluación fueron favorables. Si bien la Ley 30220, apunta a que el estudiante se gradúe con un mínimo de 200 créditos. Se observó que el plan de estudios de La Carrera Profesional de Antropología llega a 302 créditos, de los cuales el estudiante deberá completar solo 216 créditos para graduarse de Bachiller. Que la carrera tenga más créditos de lo exigido por ley es saludable. Denota dos situaciones en concreto. Una es más horas de estudios generales y de formación profesional específica y especializada. Y la otra situación es la variada posibilidad que tiene el estudiante de elegir entre una amplia gama de asignaturas electivas, que lo llevarán a la especialización.

Además, se determinó que el plan de estudios tiene en total 90 asignaturas, distribuidas en 10 ciclos. Del total de asignaturas, 51 de ella son de carácter obligatorio y las 39 asignaturas restantes son electivas (Ver tabla 6).
Tabla 6. Total de asignaturas por ciclo de La Carrera Profesional de Antropología de La Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

  Asignaturas obligatorias Asignaturas electivas Total de asignaturas
Ciclo I 6 12 18
Ciclo II 5 0 5
Ciclo III 6 0 6
Ciclo IV 6 0 6
Ciclo V 5 3 8
Ciclo VI 5 3 8
Ciclo VII 5 6 11
Ciclo VIII 5 9 14
Ciclo IX 5 6 11
Ciclo X 3 0 3
Totales 51    39     90
Fuente. Elaboración propia, 2021.

Se observó que del total de los créditos del plan de estudios que suman 302, Son 32 créditos los que corresponden al área de investigación, repartidos en seis asignaturas dedicadas a la formación en investigación. Lo que representa un 11% del total de la carrera (Ver tabla 7). Esta cifra es aceptable, considerando que en el Artículo 5° y el Artículo 48° de la Ley 30220, declara a la investigación y a sus procesos de enseñanza, como función esencial y obligatoria de las universidades.

Tabla 7. Asignaturas y créditos dedicados a la investigación  
Ciclos Asignaturas de investigación Créditos
Ciclo II Introducción a la Investigación Científica 4
Ciclo VI Técnicas y Métodos de Investigación Antropológica I 4
Ciclo VII Taller de Tesis I 4
Ciclo VIII Taller de Tesis II 4
Ciclo VIII Taller de Tesis III 4
Ciclo X Taller de Tesis IV 4
Total   32
Fuente. Elaboración propia, 2021.

Además, se observó que solo 3 créditos están destinados a las prácticas pre profesionales. Lo que representa el 1% del total de la carrera.
Finalmente, se detectó que la asignatura Inglés y la asignatura Quechua, ambas del primer ciclo, en el plan de estudios figuran como asignaturas de tipo electivo. Lo que va en sentido contrario al artículo 40° de la Ley 30220, que exige obligatoriamente la enseñanza de un idioma, que sea de preferencia inglés o una lengua nativa.

Conclusiones
El plan de estudios de La Carrera Profesional de Antropología de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, cumple casi en totalidad con todos los criterios que impone la Ley 30220. Además, sobrepasa el umbral mínimo de créditos exigidos. Si bien el plan de estudios tiene un total de 302 créditos entre obligatorios y electivos. La realidad es que el estudiante podría graduarse con solamente 216 créditos. La Ley 30220 precisa que los currículos de las carreras, no debe comprender menos 200 créditos. Hay que decir, que algunas universidades, optan por razones de conveniencia económica, llegar con exactitud a los 200 créditos. Esta decisión la toman posiblemente en función a evitar el pago excesivo en horas lectivas y prácticas. Cada crédito adicional por encima de los 200 créditos, significará 16 horas teóricas o 32 horas prácticas más. Que naturalmente, deberán ser remuneradas al docente. Situación que algunas universidades prefieren evitar. Sin embargo, algunas escuelas sobre pasan ampliamente los 200 créditos mínimos exigidos y diseñan sus planes de estudio en función a las necesidades reales de la carrera profesional.

Recomendaciones
En cumplimiento de del Artículo 40° de la Ley 30220. Se recomienda convertir la asignatura electiva Inglés a obligatoria. Debido a que la ley así lo expresa claramente. Finamente revisar permanentemente los últimos avances científicos y tecnológicos propios de la profesión. Para así, gestionar los cambios como parte de las actualizaciones curriculares que exige la ley.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS