DOI: https://doi.org/10.36955/RIULCB.2020v7n1.007
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Recibido: 11/07/2020 Revisado: 20/07/2020 Aceptado: 25/09/2020
Publicado: 25/10/2020
RESUMEN
El presente artículo describe en primer lugar los sucesos que se
dieron desde que se informó al mundo acerca de la pandemia
originada por el COVID-19, y posteriormente cómo fue
expandiéndose por el mundo, llegando al Perú con todas
las implicaciones que ha significado la crisis sanitaria en nuestro
país. Posteriormente se analizarán cuáles han sido
los impactos en materia de empleo y de las empresas, los
estímulos y las medidas tomadas por el gobierno para mitigar la
crisis causada por la pandemia.
Palabras clave: Pandemia, impacto, crisis, mitigar, cambio, COVID-19.
ABSTRACT
This article first describes the events that occurred since the world
was informed about the pandemic caused by COVID-19, and later how it
spread throughout the world, reaching Peru with all the implications
that the crisis has meant health care in our country will subsequently
analyze the impacts on employment and companies, the stimuli and the
measures taken by the government to mitigate the crisis caused by the
pandemic.
Keywords: Pandemic, impact, crisis, mitigate, change, COVID-19.
INTRODUCCIÓN
A finales del 2019, una parte del mundo amaneció con una
impactante noticia: se había descubierto un virus con origen en
la ciudad de Wuhan de la República Popular China. Aparentemente
era una neumonía atípica, la cual al principio no fue
tomada con la debida seriedad e importancia que requería este
virus y que poco a poco fue invadiendo distintas partes del mundo hasta
llegar a nuestra región.
En enero de este año el COVID -19 ya había traspasado las
fronteras de China y llegó a Europa, América,
África y Oceanía. Debido al contexto en el cual vivimos,
en el que prima el tránsito de personas por todo el mundo, esto
generó una propagación más rápida del virus.
La OMS (Organización Mundial para la Salud) con conferencias
constantes anunciaba citas, estadísticas y medidas que
debían tomarse entre los países, pero la
propagación seguía. Sin ningún tipo de tratamiento
oportuno que pueda mejorar las condiciones clínicas de algunos
pacientes, el virus de Wuhan continuaba su camino de expansión
por el mundo.
El 6 de marzo por la mañana, el presidente del Perú,
Martín Vizcarra, anunció el primer caso con
diagnóstico de COVID-19, importado de Europa.
El 12 de marzo, la OMS declaró la pandemia, debido a la gran
afectación que estaba causando el COVID-19 en el mundo. Cabe
señalar que la definición de pandemia, según la
asociación Médicos Sin Frontera (MSF), es la siguiente:
“Si un brote epidémico afecta a regiones
geográficas extensas (por ejemplo, varios continentes) se
cataloga como pandemia.”. Por su expansión tan
rápida este concepto se ajustó al nuevo coronavirus.
Tras la recomendación de la OMS a los países para que
tomen medidas extremas, el Perú declara el estado de emergencia
nacional a través del Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, con
fecha 16 de marzo del 2020, declarando la inmovilización social
obligatoria.
Para Denegri (2020), el Estado priorizó la salud en vez de la
economía. “El gobierno no ha escatimado esfuerzos en
levantar sus planes y ha sido firme y enérgico en su
decisión de priorizar la vida antes que la
economía” (p. 41). Y es a partir de ahí que nuestro
país entró a una cuarentena, como lo hizo gran parte del
mundo, como medida de contención para que el impacto del
COVID-19, proyectado por los especialistas, sea menor en cuanto a
contagios y muertes, debido a que no existe hasta el día de hoy
un tratamiento concreto o una vacuna.
Al respecto, en abril de este año Tedros Adhanom, Director
General de la OMS, señaló lo siguiente sobre la
estrategia para combatir el virus: “Esta pandemia es mucho
más que una crisis sanitaria. Requiere de una respuesta de los
gobiernos y de la sociedad en su conjunto. La resolución y el
sacrificio de los trabajadores sanitarios, en primera línea
deben ir acompañados de la determinación de todas las
personas y todos los líderes políticos para poner en
práctica las medidas a fin de acabar con la pandemia”.
Ahora bien, durante muchos años por diversos medios
sabíamos los peruanos que uno de nuestros talones de Aquiles es
la debilidad de nuestro sistema de salud y eso lo indica Delgado D.
(2020) en un análisis que realizó: “El sistema de
salud peruano es uno de los más débiles y desiguales de
la región”. Esta medida extrema trajo como consecuencia el
incumplimiento de obligaciones entre privados y el Estado, nuevas
formas de trabajo no presencial como el trabajo remoto y el
teletrabajo. Asimismo, aceleró la digitalización del
Estado en la prestación de servicios al ciudadano entre otras
disposiciones para contener la pandemia.
Muchos negocios no han podido abrir sus puertas desde ese momento hasta
hoy y muchas personas se quedaron sin trabajo. Las entidades
financieras empezaron a negociar los contratos con sus clientes debido
a que muchos de ellos no tenían capacidad de pago, por lo que se
estuvo tratando de cuidar las cadenas de pago, con medidas.
La BBC News Mundo informó que nuestro país había
preparado el mayor plan de estímulo de América Latina
para paliar el impacto de la pandemia, a través de bonos,
estímulos tributarios, suspensión de plazos, entre otros.
La ministra de Economía, María Antonieta Alva,
declaró lo siguiente: “El impacto económico de lo
que está sucediendo no tiene precedentes y el plan
económico que tenemos que aplicar es un plan sin
precedentes” (BBC, 2020). Las medidas anunciadas eran ejemplo
para muchos países de la región.
Por otro lado, en el mes de enero del presente año se dieron
nuevas elecciones en las cuales se buscaba elegir a un nuevo parlamento
para un periodo muy corto, de un año y algo más. Este
parlamento elegido se instaló en plena pandemia el 16 de marzo
del presente año; por la tarde juramentó el nuevo
congreso “extraordinario”. Este nuevo parlamento
también se sumó de inmediato a trabajar y empezaron a
elaborar normas que permitirían a los ciudadanos aminorar todo
el impacto económico que aconteció a partir de la
pandemia.
¿Qué impacto legal han tenido estos sucesos en el mundo y en nuestro país?
El primer impacto que podemos mencionar es el confinamiento masivo,
suspendiendo las garantías como el libre tránsito. Es
quizá para muchos el derecho más afectado, por lo que hay
muchas opiniones, hasta se podría decir que existe una
violación a los derechos fundamentales, con la suspensión
de las garantías. Sin embargo, la Convención Americana
Sobre Derechos Humanos en su Capítulo IV, artículo 27,
sobre las garantías dice lo siguiente: “1. En caso de
guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace la
independencia o seguridad del Estado parte, éste podrá
adoptar disposiciones que, en la medida y por el tiempo estrictamente
limitados a las exigencias de la situación, suspendan las
obligaciones contraídas en virtud de esta Convención,
siempre que tales disposiciones no sean incompatibles con las
demás obligaciones que les impone el derecho internacional y no
entrañen discriminación alguna fundada en motivos de
raza, color, sexo, idioma, religión u origen social.”.
Desde luego, muchos países tomaron esta medida, la cual hasta
ahora es cuestionada y ha sido motivo de marchas y manifestaciones en
otras latitudes del mundo como en España, Italia y Alemania,
entre otros.
En el artículo 137 de la constitución del Perú, se
encuentra establecido en qué situación se puede dar la
suspensión de garantías, sobre los estados de
excepción con lo cual el gobierno puede suspender las
garantías si es que hay peligro inminente y en este caso este
peligro ha sido la pandemia, tal como lo señala Rioja (2016) en
su análisis de este artículo: “… si bien las
normas que consagran los derechos fundamentales de la persona son
previstos para su goce pleno en situaciones de normalidad, en cambio en
los ‘tiempos de desconcierto’” (p. 563). Estas
medidas, sin embargo, pueden convertirse en instrumentos para la
destrucción del propio orden constitucional que los reconoce y
asegura, por lo que esta situación extraordinaria ameritaba esta
medida por parte del gobierno.
Pero ¿cuánto afectó la suspensión de
garantías en nuestro país? Al darse esta situación
una de las más afectadas es la economía. Adicionalmente
nos ha dado un diagnóstico real del estado en el que se
encontraban
nuestras instituciones, desde no tener un protocolo con el primer
deceso en domicilio, hasta la logística que se necesita para una
situación de esta naturaleza. Además, se evidenció
el escaso manejo en la repartición de los bonos y el
empadronamiento real de las personas que se encuentran en extrema
pobreza, ya que muchos de ellos ni siquiera cuentan con un DNI.
Para todas las sociedades se deben regular las obligaciones entre los
individuos, esto siempre se ha dado a través de los contratos,
contratos entre un privado y el estado, contratos entre dos individuos
por el arrendamiento de un local o una vivienda, contratos por la
obligación de prestaciones en salud, de educación, entre
otros.
Es en este aspecto que los abogados, al revisar los contratos y buscar
llegar a un buen arreglo para nuestros patrocinados, apelamos a las
cláusulas de fuerza mayor y caso fortuito, y esto se ha dado
casi en la gran mayoría de situaciones.
Sin embargo, no podemos olvidar los principios en materia de contratos
que también muchos abogados hemos invocado para exigir que se
cumplan las obligaciones como pacta sunt servanda, rebus sic stamtibus
o vis major, y es que la pandemia nos ha planteado escenarios diversos
en los cuales debemos buscar las mejores soluciones y propuestas.
Ahora bien, como mencioné en párrafos anteriores, nuestro
Congreso recién instalado publicó la Ley N°31018, la
cual suspendía el cobro de peajes de algunos concesionarios.
Debido al impacto económico los legisladores buscaban aminorar
los efectos tan difíciles que se han presentado con la pandemia.
Sin embargo, esta norma violó el derecho de los concesionarios,
ya que no existía la naturaleza del contrato, exigía
cumplir con las obligaciones que estipulaban en el contrato por parte
del Estado.
Aquí también es preciso señalar el artículo
62 de la Constitución, debido a que la naturaleza de los
contratos que se dan entre privados y el Estado están inmersos
en la esencia de los contratos ley, lo cual brinda al inversor
garantías por parte del Estado para el desarrollo de este tipo
de proyectos y de esta forma asegura su inversión. Y en ese
sentido tomaremos el segundo párrafo del mencionado
artículo: “Mediante contratos-ley, el estado puede
establecer garantías y otorgar seguridades. No pueden ser
modificadas legislativamente, sin perjuicio de la protección a
que se refiere el párrafo precedente”. Vale decir que el
Congreso al dictar esta norma vulneró derechos. El Tribunal
Constitucional confirmó esta violación de derechos
declarando el 25 de agosto del presente año fundada la demanda
de inconstitucionalidad que presentó el Estado a través
de la sentencia N° 359/2020.
Los estímulos tributarios con la suspensión de la
declaración de la renta, suspensión de pagos a cuenta,
entre otras medidas, sirvieron con la finalidad de aliviar la carga de
las empresas.
Durante el estado de emergencia muchos peruanos han perdido el empleo
según lo estimado entre marzo y mayo del 2020 según el
INEI. Fueron 2,318.300 millones de empleos perdidos. El Estado a
inicios del estado de emergencia empezó a tomar medidas para
paliar esta situación de crisis comparado a la crisis que se dio
como consecuencia de la guerra con Chile hace más de 100
años. Una de las primeras medidas fue a través del
decreto de urgencia N°029-2020, donde se dictan medidas
complementarias destinadas al financiamiento de las micro y
pequeñas empresas y otras medidas. Sin embargo, durante este
primer periodo de emergencia se dieron solo la prestación de
servicios y bienes esenciales, por lo que el FAE- MYPE (Fondo de Ayuda
Empresarial) tenía como objetivo
otorgar créditos para el capital de trabajo y de esta manera se
daría la reactivación de estas empresas, hasta junio del
2020. Fueron 240,000 empresas beneficiadas por este programa articulado
por Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE).
Otra estrategia para mitigar los efectos en la economía fue el
subsidio por parte del Estado a la planilla de las mypes, con un
estímulo del 35 % del pago de cada trabajador que percibe una
remuneración hasta 1,050 soles. Sin embargo, hubo muchos
requisitos que impidieron que también muchas empresas accedieran
a este beneficio.
A finales de marzo del 2020, según el Instituto Nacional de
Estadística e Informática (INEI), el Perú
tenía un universo empresarial de 2 millones 765 mil 699
empresas, habiendo crecido un 13,4 % en comparación del
último trimestre del 2019.
Por lo que la cobertura del FAE-MYPE fue insuficiente, y muchas
empresas se vieron en la necesidad de despedir a su personal y cerrar.
El otro programa de préstamos y cobertura de garantías
que tenía como objetivo impedir el rompimiento de la cadena de
pagos fue Reactiva Perú, el cual se dio mediante el decreto
legislativo 1455 y fue modificado por el decreto legislativo 1457,
presentado como un “programa extraordinario” sin
precedentes que asegurara que las empresas puedan cumplir con sus
obligaciones. La garantía por parte del gobierno peruano fue de
S/ 30.000 millones, aumentando este monto a S/. 30.000 millones
adicionales. Esto significa un equivalente al 8 % del PBI según
lo declarado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
A finales de mayo del presente año, las beneficiadas por este
programa han sido 71, 553 empresas, por lo que igual que FAE-MYPE, solo
cubrió una parte del universo empresarial coberturando
mayormente empresas medianas, y no las micro y pequeñas empresas.
El gobierno al ver el incremento de contagios y al no llegar aún
a la meseta de contagios siguió dictando medidas para mitigar
los efectos de la pandemia y es cuando publica el Decreto de Urgencia
N° 038-2020, para autorizar a las empresas a solicitar la
suspensión perfecta de labores y de esta manera no perder el
vínculo con sus trabajadores. Esta medida no es nueva, ya que se
encuentra en el artículo 15 del Texto Único Ordenado
(T.U.O.) de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobada
por el Decreto Supremo N° 003-97-TR. Esta medida tomada por el
gobierno tuvo bastante discusión, ya que al principio se
negó tomarla. Sin embargo, con el pasar del tiempo se tuvo que
hacer una alternativa para las empresas.
Nuestro congreso seguía también trabajando en normas que
ayuden a mitigar un poco el efecto pandémico, por lo que
aprobó y publicó por insistencia del parlamento la Ley
N° 3101, “...que establece medidas para aliviar la
economía familiar y dinamizar la economía nacional en el
año 2020”. Con esta norma los aportantes podrían
disponer de un monto de hasta el 25 % total de los fondos de sus
cuentas individuales, hasta 3 UIT (Unidades Impositivas Tributarias).
Esta medida también generó muchas polémicas debido
a que las pensiones de un gran grupo de trabajadores estaba en peligro
de extinguirse. Una ley parecida se dio en el vecino país de
Chile. Debido a que muchas personas han perdido el empleo, este tipo de
medidas ha permitido que los peruanos puedan tener ingresos para poder
alimentarse y cubrir lo básico.
Antes de esta ley, el gobierno autorizó el retiro de 2,000 soles
de los Fondos Privados de Pensiones, con lo cual también se
mitigó un poco más el efecto pandémico, pero no
fue suficiente. Muchos expertos señalan que el impacto de estas
medidas solo es posiblemedirlo en tres años, por lo que no podríamos decir si funcionó o no esta norma.
El gobierno también a través de algunas disposiciones
entregó bonos a las personas que vivían del día a
día, que durante el confinamiento no han tenido forma de
conseguir algún medio de subsistencia o generar ingresos. Sin
embargo, uno de los principales problemas fue la entrega de bonos,
debido a nuestra poca planificación abandonada por años.
Al respecto Trivelli C. (2020) señala lo siguiente: “Nos
ha faltado acción colectiva, fuerza y liderazgo. Es momento de
exigirnos acciones que logren una inclusión financiera de gran
alcance; no para que los intermediarios financieros hagan más
negocios, no para cumplir con una moda internacional, sino para
asegurar que tenemos instrumentos efectivos para atender
emergencias”.
Dentro de este período de emergencia nacional hay otras medidas
que se han tomado dejando algunos vacíos que han permitido que
muchas empresas no puedan responder sus obligaciones, y es que el
gobierno suspendió los plazos de obligaciones de garantía
como títulos valores, cartas fianzas y otro tipo de documentos
de circulación que mueven las operaciones de las empresas. En lo
que respecta a las garantías muchos bancos renovaron estos
contratos, y la interpretación en muchas de estas medidas por el
sistema bancario fue subjetiva, por algunos vacíos que se dieron
con estas medidas.
Por otro lado, según estadísticas, el 70 % de los
peruanos somos obesos, lo cual hace que esta población tenga
mayor riesgo de tener un cuadro clínico serio al contraer el
COVID-19. Esto ha significado que muchas empresas hayan tenido que
recurrir a nuevas modalidades laborales haciéndolo de forma
remota y al teletrabajo.
Del teletrabajo se dicen muchas cosas, sin embargo, en otros
países ya se estaba dando de manera más acentuada. Al
respecto, Lorenzo (2020) señala lo siguiente: “El trabajo
a distancia ya estaba inventado, pero ahora será el principal
motor de la productividad y de crecimiento de las economías del
primer mundo” (p. 781). Esto significa que esta nueva modalidad
se está implementando a nivel mundial debido a la pandemia.
El teletrabajo está regulado en nuestro país desde hace
algunos años a través de la Ley N° 30036, en el
gobierno anterior, pero ¿realmente las empresas han utilizado
esta modalidad laboral antes de la pandemia? No muchas, debido a
distintos factores. Uno de ellos podría ser las pobres
condiciones que tenemos en temas de conectividad y velocidad del
internet, encontrándonos en el puesto 89 en velocidad (OPECU,
2020). El trabajo presencial ha tenido siempre mayor preferencia por el
sector privado y también el público. En lo que respecta
al trabajo remoto esta modalidad se reguló a través del
Decreto Supremo N° 010-2020-TR, durante el estado de emergencia, y
en esta etapa en la que nos encontramos muchas instituciones del Estado
se han acogido a esta modalidad, así como el sector privado.
El gobierno ha tenido iniciativas tomando medidas transversales como en
otros países, amparándose en recomendaciones de
instituciones supranacionales como la OMS, durante esta pandemia, que
han sido una especie de prueba y error, debido a que nos estamos
enfrentado con una situación extraordinaria.
CONCLUSIONES
A manera de conclusión nuestro país ha enfrentado la
pandemia sobre la base de su realidad. Las medidas tomadas por el
gobierno se han dado en el marco de una emergencia sanitaria como nunca
antes vista y colapsa cualquier sistema de salud. Las medidas tomadas
para mitigar esta crisishan sido acertadas, para algunas realidades de nuestro país, pero no para todas.
Vivimos en un entorno V.U.C.A (Volatility, Uncertainty, Complexty y
Ambiguity), que significa volatilidad, incertidumbre, complejidad y
ambigüedad, por lo que es muy difícil controlar y plantear
desafíos que van a permitir a muchos países asumir que
existe una nueva normalidad, y otros, por el contrario, pensarán
que con la vacuna termina este doloroso y triste episodio que puso a la
humanidad en un escenario oscuro y duro.
Sin embargo, las bases están puestas para que se pongan nuevas
bases para reformas que permitan cambiar algunos aspectos fundamentales
para mejorar las condiciones de vida de nuestras sociedades.
En nuestro país la valla es muy alta. No se trata de mejorar el
sistema de salud, por ejemplo, sino de reformar este sistema,
formulando políticas públicas focalizadas, si es posible,
ya que el Perú no solo es Lima, Arequipa, Cuzco, Piura, Tacna,
sino mucho más. Esta es una lección también para
saber cómo estamos en conectividad. El Estado debe promover
mayores inversiones en tecnología, pero para esto se deben
generar marcos legales apropiados para esta nueva era
tecnológica, en la cual estamos aún atrasados, comparados
a otros países.
Hay otros puntos que no he tocado en este artículo, que han sido
motivo de análisis y de reflexión de lo que ha pasado en
esta pandemia en nuestro país. Seguro que será materia de
análisis de otros profesionales.
Lo seguro es que aún en el mundo sigue habiendo brotes y
rebrotes del virus, por lo que la incertidumbre estará por
algún tiempo entre nosotros. Estamos en camino al bicentenario y
en medio de esta crisis que sea éste el mejor impulso para salir
de esta situación y a partir de ahí mejorar como sociedad.
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